Art. 30 .El derecho a la vida es inviolable, en general, desde la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse; pronunciarse, ni aplicarse; en ningún caso la pena de muerte.
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Ese es el articulo más bello que aprobaron los legisladores de la República Dominicana, en la actual reforma constitucional.
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Comentario: Quienes se oponen a ese artículo demuestran su poca calidad, sensibilidad y piedad humana.
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Yo que tengo tres niños exhorto a toda mujer que quede embarazada que tenga a su hijo, (no importa de que manera).
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No hay ninguna justificación para interrumpir un embarazo.
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Las mujeres que mueren por causa materna según las estadísticas se debe a la mala práctica medica.
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Los embriones que no se desarrollan mueren cuando se producen los abortos espontáneos.
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Según las estadísticas hay un 15 por ciento de mujeres que son estériles ( no pueden tener hijos), que están dispuestas ha adoptar un niño a cualquier precio.
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Si una mujer queda embarazada y el marido la abandona eso no es una escusa para que se provoque un aborto.
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La falta de dinero no es una excusa para provocar un aborto. El dinero está hecho. Para alimentar a un niño cualquier persona dona una aparte de su dinero.
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Una violación sexual tampoco es una justificación para interrumpir un embarazo, porque en un embarazo hay una parte de la madre y otra del padre.
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Un embarazo es la mejor prueba para someter a la acción de la justicia a un violador.
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Mujer, si quedaste embarazada, ¿Para qué un aborto?, si no sabes si en otra ocasión quedarás preñada.
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Ejemplo, conozco un caso de una joven que durante no tenía pareja estable se provocó varios abortos, pero ahora tiene un esposo con el que quiere tener un niño pero por nada del mundo queda embarazada.
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Lo triste del caso, es muy probable que se quede sin marido porque ya no puede parir.
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Ese es el final que espera a las mujeres que se provocan abortos.
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