Para crear conciencia notiper publica:
Actos contra la profesión periodística
El Código Dominicano del Periodista Dominicano dice:
Art.47.- Se considerarán actos violatorios a la ética profesional:
a) El ocultamiento de informaciones de interés colectivo.
b) Utilizar documentos falsos o de procedencia desconocida.
c) Participar en violaciones a los derechos humanos.
d) La desinformación premeditada y la difusión de rumores tendenciosos.
e) El irrespeto a la propiedad intelectual o el plagio.
f) El soborno, la extorsión o el cohecho.
g) La difamación y la injuria.
h) La censura y la autocensura.
i) La delegación de personas perseguidas de las cuales se haya tenido informaciones o acceso.
j) La actuación confidencial para los servicios secretos y organismos de inteligencia.
k) Inmiscuirse en la vida íntima de las personas, salvo en casos de que se violente el orden publico o se trate de hechos noticiosos de interés.
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Comentario: Ese artículo establece muy bien claro los actos con los periodistas violan su ética profesional.
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Amigo lector le sugiero que se aprenda de memoria este artículo para que se de cuenta cuando los periodistas que están a su alrededor están violando su ética profesional.
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La sociedad debe exigir a los periodistas que no violen la ética profesional, igual como debe hacerlo con los demás profesionales. Las sociedades se van perfeccionando en la medida que exigen a cada uno de sus miembros que cumplan con sus funciones.
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El periodista que difunde una información sin confirmar viola la ética profesional.
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